miércoles, 3 de noviembre de 2010

Entrevista a don Luis Sáenz

Director de la Faculta de Periodismo de la Universidad Latina presenta su opinión sobre ¨ Los Juicios Mediáticos en la Prensa¨

¨ La función del Periodista es recopilar versiones sobre hechos y acontecimientos con el propósito de difundirlos no inventarlos¨

Lic. Luis Sáenz: Director de Periodismo
Un periodista es transmisor de la realidad no un constructor de la realidad. Su misión es respetar la dignidad de las otras personas humanas, nadie debería ser exhibido como un delincuente mientras tanto no hay una sentencia oficial que lo diga.
Lic. Luis Sáenz, Periodista y Abogado. Egresado de la Universidad de Costa Rica. Tiene una amplia trayectoria en la docencia y así mismo en su vida laboral.
Por: Andrea Fernández

¿Para usted realmente existen los Juicios Mediáticos o no?
La respuesta es sí, creo que lo expuesto esta noche por los panelistas ha evidenciado que conjuntamente con el proceso judicial, se desarrolla un proceso paralelo en los medios de información que está dirigido al margen del proceso judicial, a sentar eventuales responsabilidades de carácter penal por parte de personas a las que se le atribuye la comisión de un delito.

 ¿Qué piensa usted sobre la opinión de Eduardo Ulibarri, a cerca de que no existen estos Juicios Mediáticos?
Yo discrepo totalmente al criterio de Don Eduardo, creo que la realidad cotidiana nos muestra que eso es así, incluso el uso de las cámaras escondidas nos muestra a un periodista tratando de suplir la actividad propia de la policía, actividad propia de la fiscalía en una función que no es del periodista. La función del periodista es recopilar versiones sobre hechos y acontecimientos con el propósito de difundirlos no inventarlos, como sucede por ejemplo con la cámara escondida.

¿Qué consecuencia por así decirlo, tienen los periodistas a cerca del irrespeto de la presunción de inocencia?
Bueno en el ordenamiento costarricense y en el ordenamiento penal, la atribución falsa de la comisión de un delito configura, el delito de calumnia tipificado en el artículo 147 del código penal. Eso determina que si usted presenta en una información periodística a una persona como autor del delito. Esto sin que haya una sentencia firme que va a ser el elemento que va a destruir la presunción de inocencia, la persona asumiría las consecuencias de  ser responsable de un delito de calumnia.

¿Comparte usted que la prensa tiene problemas de imagen e influencia según lo dicho por el Dr. Rivero?
Sí claro, es decir imaginémonos por ejemplo la cobertura sistemática que hace un medio de información sobre un hecho determinado que tiene que ser conocido por un juez; que tras el recobramiento de pruebas tiene que dictar una sentencia. Esa repetición cotidiana de versiones va a ser interiorizada del juez. Yo no tengo la menor duda que va a influenciar la observancia del hecho porque simple y sencillamente los seres humanos nos componemos de una serie de elementos de carácter afectivo, racional y por lo consiguiente somos susceptibles de ser modificados por los elementos externos de cada uno de nosotros. Una repetición de un mensaje va a repercutir en el inconsciente del juez.

¿Cree usted que el Periodismo de Investigación no puede ser considerado un Juicio Paralelo?
No, ahí creo yo que la aplicación de la metodología científica en un proceso de recolección de informaciones tendría que conducir necesariamente a conclusiones metodológicas científicas. Esas conclusiones metodológicas son conclusiones de carácter informativo, no de carácter valorativo como sucede con el juicio paralelo de prensa.

 ¿Por qué la prensa influye en las decisiones jurisdiccionales? De qué manera presiona al juez.
Es un poquito lo que le explicaba en la pregunta anterior, es decir si hay una repetición de mensajes en el medio de información. Recuerde la categoría del mensaje subliminal, el juez va a terminar incorporando aunque pretenda resistirse esos elementos subliminales que la prensa cotidianamente repite con su cobertura. Eso puede inducirlo a algo que el Dr. Rivero planteaba en su exposición. Uno a incorporarlos totalmente ó dos a rechazarlos; en cualquiera de las dos hipótesis, el juez vería alterado gravemente su principio de libre alteración.

 ¿Cuál es su pensamiento con respecto al Periodismo costarricense, donde está ubicado el tema de la prensa en el país, es eficiente o irrespeta las leyes que el país estipula para crear ¨un periodismo correcto¨?
A mí me parece en general, los medios de información en Costa Rica han perdido su norte, la función pública de los medios de información es informar y esa información pasa necesariamente por la existencia de la pluralidad. Cuando no hay pluralidad, el sujeto receptor de información no puede recolectar los elementos esenciales para que pueda opinar y de alguna forma eso violenta un principio de autodeterminación de las personas. Si yo no tengo información no puedo decidir y si decido información me puedo equivocar. Eso me ha convertir en un sujeto vulnerable porque me puede inducir al error.

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